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miércoles, 30 de noviembre de 2016

Inclusión y Discapacidad, un cambio de enfoque

Antes de comenzar esta entrada, tengo que hacer un mea culpa, me he negado a pensar en Juanda como una persona con discapacidad, a pesar de mis miedos, no me permitía exteriorizarlos, la palabra me molesta, me da la idea de inferioridad y por eso, aun que podía hablar de ello no lo internalizaba.
Por años, la discapacidad se ha entendido como algo intrínseco de la persona, algo que ella tiene que lo limita en su actuar en la vida diaria, por años se le ha dado un enfoque medico, se ha entendido que son personas dignas de lastimas que deben ser sanadas y, asumo que eso me molestaba, en mi hijo no hay nada que sanar, está bien, hay cosas en las que trabajar, hay cosas que le cuestan más, pero ¿quien no?
y hago este mea culpa, por que soy abogado y, desde esa perspectiva, mi negación si tradujo en ignorancia, que es algo que como mamá de Juanda, no me puedo permitir.
La ley esta de mi parte e, incluso más, el sistema jurídico me da la razón, aun que su aplicación sea deficiente y, es ahí donde hay que trabajar, cuando eres consciente del problema, es más fácil trabajar en una solución.
Ese paradigma médico, ese entender que la discapacidad es algo intrínseco de la persona cambió, y ese cambio se vio reflejado en cuerpo jurídico que es nada más y nada menos que la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad y, este nuevo enfoque hay que relacionarlo con la inclusión.
¿que nos dice la Convención? o, en otras palabras ¿Cual es este nuevo enfoque?
Este nuevo enfoque es un modelo social, da énfasis en el entorno incapacitante; la persona se encuentra en una situación de discapacidad por una configuración social, en otras palabras, el entorno coloca barreras para el pleno desarrollo de personas con características diferentes, las que impiden su participación plena y efectiva y, en igualdad de condiciones con los demás.
Esta convención es más bien nueva, de hecho es el 2.006, pero ¿por qué es necesaria?, ¿las legislaciones internas no reconocen los derechos de estas personas?
La respuesta es "en teoría sí", en Chile el Código Civil señala que "es persona cualquier individuo de la especie humana, cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición"; la Constitución, por su parte señala que: "Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos"; solo con esos dos artículos pareciera que se cubre un gran espectro de situaciones que están reconocidas, pero por alguna extraña razón, ha sido necesaria normativa especial, nacional e internacional, respecto a: niños, mujeres, extranjeros, pueblos originarios, trabajadores, personas con discapacidad, etc.
A mi entender, si bien, se reconoce la individualidad de la persona, esta individualidad no se encuentra protegida ni garantizada.
Si la el Estado y sus organismos y los miembros de la sociedad tuviésemos claro esta individualidad, tuviésemos en el ADN, que el derecho al nombre, educación, salud, lo tiene cada individuo por ser una persona, un ser humano y, existieran los medios para resguardar el pleno ejercicio de esos derechos no serían necesarias tantas normativas especiales.Pero, el problema radica que, aparentemente, se considera que los derechos son una declaración de principios o de buenas intenciones, que ni el Estado, ni la comunidad esta obligado a respetarlos per se, que es algo que debe ser ganado; hay una frase muy común: "el respeto se gana", nooooooo, eso es un error, el respeto se tiene por el solo hecho de ser persona, distinto es que pueda perderse, lo mismo ocurre con los derechos fundamentales, son intrínsecos a la persona humana, sin perjuicio que en algunas situaciones excepcionalicimas puedan restringirse o incluso perderse (el único caso que se me ocurre es la vida en los casos de países en que la pena de muerte esta vigente, o limitaciones a la libertad como sanción o en caso de guerra).
Esta normativa es necesaria, por que el Estado no esta cumpliendo, no esta tratando a las personas con dignidad y respeto, esta vulnerando sus derechos esenciales y eso se traduce en trato discriminatorio y, en el caso de nuestros niños, CREAN y MANTIENEN la discapacidad.
En ese contexto, cuando hablamos de inclusión de las personas con necesidades educativas especiales, o personas en situación de discapacidad, etc., lo que se esta pidiendo es que cumpla con lo que se han comprometido, Ud. Estado ha dicho, que esta persona con necesidad educativa especial, tiene el mismo derechos que alguien que no la tiene, pues cumpla e incluyala en la escuela que desee estudiar, otorgando las condiciones necesarias para que ese derecho se ejerza plenamente; la inclusión no es un favor, es un DERECHO o, quizá un medio en que el estado cumple su obligación de igual trato, de respeto a la dignidad o más simple su obligación de no discriminar y respetar los derechos de las personas y, de esta forma, va eliminando las barreras que producen la discapacidad y de esa forma ir creando una sociedad más justa.
Tampoco debemos olvidar que muchas de estas normas han sido dictadas y aprobadas por presión, sea internacional o nacional, aquí no es menor recordar la importancia de los grupos intermedios: ONG, fundaciones, corporaciones, que han presionado para que estas normas se aprueben, pero aún queda mucho trabajo, como ya señalé, hasta el momento parece declaración de principios, queda mucho trabajo por hacer, ya existe un reconocimiento que el gran problema de la discapacidad es la vulneración de derechos por parte del Estado hacia personas con una condición diferente, el reconocimiento de un mínimo de derechos vulnerados, ahora queda la gran batalla de conseguir eliminar esta trabas, los mecanismos de exclusión o barreras materiales o sociales que disminuyen o imposibilitan la inclusión social.Sin ellas sólo queda el reconocimiento de la condición psicosocial como DIFERENCIA LEGITIMA y VALIDA en un marco social de igualdad y diversidad.